Seguros multirriesgo, ¿qué coberturas incluyen?
Es probable que muchas personas hayan escuchado alguna vez acerca de los seguros multirriesgo, pero no los hayan contratado por falta de conocimiento. Este tipo de seguro protege al negocio comercial en caso de eventualidades como el robo de mercaderías, incendio del local, rotura de cristales, entre otros. Por eso, a la hora de contratar un seguro para el negocio, se recomienda asegurar varios riesgos diferentes en una sola póliza.
El seguro multirriesgo es un tipo de contrato con una compañía aseguradora que cubre varios riesgos. En el caso de los comercios, dichos riesgos tienen relación con aquellos que podrían afectar al patrimonio de la empresa. Una buena opción es contar con un paquete integral que se adapte a las necesidades de cobertura de cada empresa.
¿Qué cubren los seguros multirriesgo?
Una póliza integral para los distintos riesgos de la empresa puede incluir las siguientes coberturas que se engloban en diferentes ramos de seguros:
1. Incendio. Existen dos tipos de coberturas para este riesgo: se puede cubrir el edificio y/o el contenido. Para el primer caso, la aseguradora resarce los daños en las edificaciones y en el segundo caso se indemniza por los daños materiales a los bienes asegurados que fueron causados por acción directa del fuego.
Se entiende como contenido: maquinarias, mercaderías, suministros y demás efectos correspondientes a la actividad del asegurado.
El seguro multirriesgo protege al negocio comercial en caso de riesgos como por ejemplo el incendio del local, robo de mercaderías, rotura de cristales, entre otros.
2. Robo y asalto. En este riesgo, las compañías de seguros buscan amparar las consecuencias que provoca el robo de los bienes asegurados como mercaderías, muebles y bienes que hayan sido declarados y se encuentren ubicadas en el lugar especificado en la póliza.
Conviene aclarar que el hurto está excluido entre las condiciones de cobertura en la mayoría de las compañías de seguro.
3. Daños producidos a cristales y vidrios. Cubre las pérdidas o daños materiales de los cristales asegurados así como el costo de su instalación, causados como consecuencia de un accidente. La compañía de seguros tiene la opción para indemnizar el daño o reponer los vidrios, cristales y/o espejos especificados en la póliza.
4. Equipos electrónicos. Esta cobertura cubre los daños físicos a los equipos electrónicos que se encuentren dentro del local asegurado. El cliente debe tomar todas las precauciones para prevenir posibles pérdidas o daños. También se debe notificar a la compañía aseguradora cualquier cambio en los equipos asegurados.
5. Responsabilidad civil (daños a terceras personas). En cualquier negocio o comercio es difícil tener todo controlado y pueden darse circunstancias en las que se perjudique a terceras personas. Para resolver estas situaciones existe este seguro mediante el cual las compañías aseguradoras indemnizan al asegurado cuando deba a un tercero como consecuencia de la responsabilidad civil extracontractual en que incurra en el ejercicio de las actividades relacionadas con su negocio.
Estos son algunos de los riesgos que pueden ser incluidos en una póliza multirriesgo. Dependiendo de la aseguradora que oferta este producto, pueden incluirse más coberturas y de esa forma resguardar el patrimonio del negocio comercial.
Es importante tener en cuenta esta información siempre que se contrata un seguro:
- Al recibir la póliza de seguros se deben verificar los datos y las coberturas contratadas. Se podrá comunicar al asegurador cualquier diferencia que se observe dentro de los 30 días desde el momento que se recibe su póliza. En caso de que no se reciba algún comunicado será considerada aprobada.
- En caso de algún siniestro se debe realizar la denuncia en las oficinas del asegurador dentro de los tres días del suceso ocurrido y cuando se trate de un caso de responsabilidad civil se deberá hacer dentro de los dos días.
- En caso de robo y/o asalto, se debe acudir urgentemente a realizar la denuncia a la comisaría más cercana o comunicarse al 911 de la Policía Nacional.
- Comunicar siempre al asegurador toda modificación que afecte la póliza vigente, como por ejemplo la inclusión o cambio de accesorios, cambio del proponente de la póliza, cambio de dirección o cambio de teléfono.
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