¿Qué son los impuestos? ¿Por qué y para qué se pagan?
Los impuestos son tributos o cargas que los ciudadanos están obligados a pagar como consecuencia de determinados hechos, actos o negocios sin que exista una contraprestación directa por su pago. Son necesarios para sostener el Estado del biniestar. Dado que suponen un gasto para empresas y familias, la planificación fiscal es fundamental para mantener una buena salud financiera, tanto en el ámbito personal como empresarial, y poder hacer frente a su pago.
¿Por qué debemos pagar tributos?
Aunque parezca obvio, el primer paso para pagar tributos es que estos impuestos existan previamente. El que tiene la capacidad para establecer tributos es el Estado. Las constituciones de los diferentes países suelen reconocer una obligación de todos los ciudadanos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos y la potestad del Estado para crear tributos.
En los estados modernos existen diversos niveles de descentralización. Por ejemplo, en España hay otras administraciones además de la central. Existen comunidades autónomas y entidades locales, como municipios y diputaciones provinciales. En cada país suelen existir unas normas para delimitar la competencia en las diversas potestades relacionadas con los tributos.
Clarificada la competencia de cada nivel, para que el Estado pueda exigir impuestos y otros tributos lo primero es establecerlos. Es decir, el Estado debe concretar esa obligación, que solo se puede establecer mediante una ley aprobada por el Parlamento (en el caso español, el nacional o los autonómicos).
Pero la complejidad de la vida moderna hace que solamente con la ley, sea muy complicado determinar cómo se tienen que exigir los tributos. Normalmente la ley prevé su propio desarrollo por unas normas aprobadas por el Gobierno, que dispone de los medios materiales y humanos para entrar en detalles de carácter más técnico y que escapan a las posibilidades de los representantes parlamentarios elegidos por los ciudadanos.
El papel de las leyes y los impuestos
Dentro de la ley se establece una pieza clave que se denomina hecho imponible. Se trata de un hecho que, una vez realizado, genera el nacimiento de la obligación del pago del tributo. Es decir, algunos de los hechos del ciudadano generan la obligación de pagar impuestos, o cualquier otro tributo. Los hechos imponibles pueden ser de diverso tipo. Por ejemplo, en el caso de los impuestos sobre la renta (IRPF en España o IRS en México) esta obligación surge de la obtención una renta por parte del contribuyente.
Pero una cosa es que surja esa obligación y otra cosa es que se pague. Puede haber personas que decidan que no van a pagar impuestos. Por ello, la ley prevé mecanismos para evitar que los ciudadanos dejen de pagar los tributos que les corresponda. Una vez clarificado lo que debe ser según la ley, el contribuyente debe cumplir con lo que dicta la Administración. Pero, no obstante, puede discrepar. Existen mecanismos para ello. Se pueden plantear diversos tipos de recursos ante la Administración y, después, ante la justicia.
¿Para qué establece el Estado la obligación de pagar tributos?
La primera razón es el sostenimiento de los gastos públicos. La principal fuente de ingresos públicos son los tributos, y dentro de estos los impuestos. Otro fin importante es la redistribución de la renta. Para ello se debe establecer una obligación de pagar en función de la capacidad económica. Los impuestos son proporcionales a la renta generada por cada ciudadano. Un tercer objetivo es buscar una mayor eficiencia en la economía. Por ejemplo, los impuestos pueden gravar actividades que generan perjuicios en personas que no participan de la decisión de llevar a cabo esa actividad. El cuarto es suavizar las crisis. La política fiscal puede ser un instrumento de política económica. En ese ámbito surge, por ejemplo, la teoría de los estabilizadores automáticos.
Eso sí, una cosa es que esos sean los principales objetivos y otra muy diferente, es que se consigan siempre. Puede haber situaciones de falta de recursos para sostener los gastos públicos que lleven a un importante endeudamiento, puede haber deficiencias en la progresividad del sistema tributario, los impuestos se pueden mostrar incapaces de aportar eficiencia o las políticas fiscales incapaces de resolver las crisis. La política fiscal es un instrumento que unas veces consigue sus objetivos, otras avanza parcialmente hacia ellos y en otras no es capaz de lograr los efectos que se pretendían.
Diferencias entre impuestos y tasas
En el caso de los impuestos, se pagan sin que se reciba nada concreto a cambio. En concreto porque los impuestos contribuyen al sostenimiento general de los gastos públicos, pero el ciudadano no recibe ninguna prestación concreta a cambio de esos impuestos que paga. Sin embargo, los impuestos sirven para el mantenimiento del Estado del bienestar: pensiones, sanidad, educación, seguridad, infraestructuras... elementos básicos que contribuyen al progreso y la mejora de la sociedad y el país.
El caso de las tasas es diferente: las tasas son tributos que se pagan a cambio de una contraprestación directa y su pago es voluntario. La contraprestación puede ser la utilización privativa de algún servicio público o de algún aprovechamiento del dominio público. Algunos ejemplos son las tasas de matrícula para realizar exámenes u obtener títulos oficiales o las tasas que se abonan por la instalación de terrazas en la vía pública.
¿Qué son las cotizaciones a la Seguridad Social?
Las cotizaciones quedan, en cierto modo, en una categoría intermedia. Es cierto que las cotizaciones a la Seguridad Social se pagan para poder percibir prestaciones contributivas de la Seguridad Social. Eso supone que si no se pagan no se generará el derecho a percibir esas prestaciones.
Pero también es cierto que el pago de las cotizaciones no implica que el ciudadano pueda reclamar una prestación concreta por parte del Estado. Por ejemplo, un ciudadano puede cotizar y, después, caer en desempleo. Lo que cobre dependerá del texto de las normas concretas, que puede cambiar y ser muy distinto del que estaba vigente cuando pagó.