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Salud financiera 13 may 2024

Qué es la base de cotización a la Seguridad Social

Las bases de cotización determinan la cuota que se aportará cada mes a la Seguridad Social y la cuantía que cobrará el trabajador en casos como una baja por enfermedad o la pensión de jubilación. Conocer cómo funciona el sistema ayuda a planificar el futuro y contribuye a una mejor salud financiera.

Toda persona que trabaja, ya sea por cuenta propia o ajena, debe darse de alta en la Seguridad Social. En cuanto empieza la actividad laboral, comienza también la obligatoriedad de cotizar, es decir, aportar “recursos económicos al Sistema de la Seguridad Social en virtud de su inclusión en dicho Sistema, por el ejercicio de una actividad laboral”, según informa la propia web de la Seguridad Social.

En febrero de 2024 había casi 21 millones de personas afiliadas a la Seguridad Social en España, pero no todas pagan la misma cantidad en concepto de cotización. Según sus ingresos, se calcula una base de cotización, a partir de la cual se determina la cuota que se pagará.

“Las bases de cotización son, técnicamente, aquellas cuantías económicas que, determinadas a partir de los ingresos de una persona trabajadora, sirven para establecer la cotización (aportación o contribución) que corresponde tanto a las empresas como a las personas trabajadoras, aplicando un determinado porcentaje”, explica Cristóbal Molina Navarrete, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social por la Universidad de Jaén.

A esa base de cotización se le aplicará un porcentaje (23,60% para la empresa; 4,70% para la persona trabajadora por contingencias comunes) y de ahí saldrá la cuota que habrá que aportar mensualmente. Además, existe también la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, pero el tipo es variable en función de la actividad que se desempeñe.

Existen unas bases máximas y mínimas de cotización para las distintas contingencias y categorías profesionales, que se establecen cada año. En 2023, en el Régimen General de la Seguridad Social, la base máxima mensual por contingencias comunes es de 4.495,50 euros; la mínima depende de la categoría profesional.

El hecho de que existan bases máximas significa necesariamente que habrá trabajadores que no cotizarán por la cuantía total de sus ingresos.  Es decir, los salarios superiores a esos 4.495,50 euros no cotizarán más allá de esa cantidad. Molina Navarrete explica que se está poco a poco intentando acabar con esos máximos. “Una de las reformas más significativas del Real Decreto-ley 5/2003 —última reforma de pensiones, por el momento— es la de ‘destopar’ las bases máximas. Pero no se ha hecho de golpe, sino de forma muy progresiva, a muy largo plazo”, indica.

Para qué sirve la base de cotización

Las cotizaciones a la Seguridad Social, pese a la creencia popular, no son las que financian el servicio público de salud. El acceso a la sanidad está reconocido como un derecho universal y se financia a través de impuestos como el IVA o el IRPF, por lo que no está asociado a las cotizaciones: es decir, quien no trabaje o no esté vinculado a alguien que lo haga también tiene asistencia sanitaria.

Lo que ayudan a financiar las aportaciones a la Seguridad Social es el sostenimiento de un sistema en el que existen las pensiones y las bajas remuneradas, por ejemplo. “Un modelo contributivo de pensiones como el nuestro necesita una financiación central vía cuotas sociales, patronal y obrera, aunque también cuente con la presupuestaria”, indica Molina Navarrete.

Además, la base de cotización en sí sirve para fijar las bases reguladoras, “la referencia económica para saber qué pensión o qué prestación tendrá la persona beneficiaria”. Es decir, según su base de cotización, el trabajador cobrará una pensión mayor o menor cuando se jubile, su baja por enfermedad será mayor o menor, así como las bajas por maternidad o paternidad, las pensiones de incapacidad o la prestación por desempleo, entre otras.

Esto explica, por ejemplo, la cautela a la hora de retirar los topes máximos. Al cotizar más, aumentará también la pensión (hasta ahora, al ir ligada a una base máxima, tiene también un máximo). “Si subes la cotización pero subes al mismo tiempo la pensión, no mejora la sostenibilidad financiera del sistema. Pero si haces una subida asimétrica, un destope gradual y asimétrico, ampliando más y más rápido las bases de cotización y mejorando en menor proporción y más lentamente la pensión máxima, el sistema gana ingresos”, detalla Molina Navarrete, que recuerda que hay que tener en cuenta que “el sistema es solidario también: quien más gana y sus empresas deben aportar más para que los que menos ganan puedan cobrar pensiones más dignas”.

El caso de los autónomos

Los trabajadores autónomos tienen muy presentes sus cotizaciones a la Seguridad Social, ya que son ellos quienes las pagan directamente y no, como en el caso de los asalariados, la empresa en su nombre. Hasta la última reforma podían elegir su base de cotización, y la mayoría —un 85%, según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones— se quedaba con la mínima (más baja que la mínima de los trabajadores por cuenta ajena). “Si tu base de cotización es baja, tu base reguladora luego será baja y, por tanto, tu pensión será muy baja”, señala Molina Navarrete. “De ahí que las personas autónomas —junto con las mujeres— sean los colectivos que más cobran complementos a mínimos, esto es, lo que aporta solidariamente el Estado para que la gente no tenga pensiones de miseria, aunque hayan cotizado toda su vida”, añade.

Esta situación en la que los autónomos no cotizan de acuerdo con sus ingresos es la que se ha empezado a intentar solucionar con la última reforma (Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio). “Se aspira a que [cotizaciones de autónomos y asalariados] funcionen de forma análoga, esto es, por ingresos reales en todos los casos”, indica el catedrático de la Universidad de Jaén. Para no perjudicar a los que menos ganan —al fin y al cabo, solo se puede mejorar la pensión si se mejora la base de cotización— “se ha establecido un periodo de transición muy, muy largo”. Así, en la actualidad se puede seguir eligiendo, pero “sobre unas bases fijadas en las tablas legales y que están más próximas al ingreso real”, explica Molina Navarrete.