¿Cómo puedo saber si un familiar fallecido tenía contratado un seguro de vida o accidente?
Es bastante habitual desconocer los seguros contratados por familiares o personas del entorno más cercano, ni quiénes son sus beneficiarios. En caso de fallecimiento esta información correría el riesgo de esfumarse. Para que esto no ocurra existe el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento.
Se trata de un registro público dependiente del Ministerio de Justicia, cuyo objetivo es ofrecer la información necesaria para que los posibles interesados puedan conocer si una persona fallecida tenía contratado un seguro para caso de fallecimiento, y saber con qué aseguradora lo tenía suscrito. De esta manera, los beneficiarios tienen todos los datos para reclamar a la aseguradora la prestación establecida en el contrato.
Los seguros, individuales o colectivos, que se incluyen en este registro son los de vida con cobertura de fallecimiento y los de accidente que cubran la contingencia de la muerte del asegurado. El acceso al registro sólo podrá realizarse una vez fallecido el asegurado, previa acreditación de tal circunstancia, y siempre que hayan transcurrido quince días desde la fecha de defunción. El plazo durante el que estarán disponibles los datos en el registro será de cinco años desde la defunción.
¿Qué datos posee el registro?
Datos identificativos de la persona asegurada:
- Nombre y apellidos
- Número del DNI, NIF o número del documento acreditativo de identidad que en cada caso corresponda
Datos identificativos de la entidad aseguradora:
- Denominación social
- Domicilio
- Clave administrativa con la que figura inscrita en el registro administrativo de entidades aseguradoras y reaseguradoras previsto en el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y en su normativa reglamentaria de desarrollo
- Código de Identificación Fiscal
Datos identificativos del contrato de seguro:
- Número de contrato o referencia al Reglamento de Prestaciones de la Mutualidad de Previsión Social, en su caso
- Tipo de cobertura
¿Cómo hacer una consulta al registro?
Hay dos formas de consultar el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento:
-Una opción es acudir a la página Web del Ministerio de Justicia o a alguna de sus Gerencias Territoriales y obtener el Modelo 790. Hay que cumplimentarlo y pagar la tasa correspondiente en cualquiera de las entidades colaboradoras de recaudación tributaria.
-El interesado también puede acudir personalmente al Registro General de Actos de Última Voluntad situado en el número 3 de la Plaza Jacinto Benavente en Madrid; o bien ir a alguna Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia. Tendrá que llevar el certificado de defunción de la persona de la cual quiere obtenerse el certificado, pero hay que tener en cuenta que sólo podrá presentarse transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Esta gestión también se puede realizar por correo.
En el plazo de 7 días como máximo el Registro expedirá un certificado con los contratos vigentes del fallecido detallando las entidades con los que están suscritos. Estos certificados se recogerán de la misma forma en la que se han solicitado, en persona o por correo.
¿Cuánto cuesta el trámite?
El trámite, ya sea presencial o a través de internet, incluye el abono de una tasa de 3,70 euros.