Pasos a tener en cuenta para ser autónomo
Los registros del último mes de 2016 indicaban que en España hay cerca de 3,2 millones de autónomos dados de alta. Un trabajador autónomo es el que de forma habitual se dedica a una actividad laboral personal y directa de manera independiente. El autónomo no dispone de unos ingresos fijos y recurrentes como ocurre con el trabajador por cuenta ajena o asalariado sino que sus emolumentos varían en función del volumen y tipo de servicios que presta o los bienes que vende.
Pese a etiquetarse a sus miembros como autónomos de manera genérica, el colectivo de autónomos no es tan homogéneo como podría pensarse. El mismo presenta varios tipos de trabajadores según su particularidad.
- Trabajadores autónomos
Suelen ser aquellos autónomos que regentan un pequeño negocio o toman la decisión de encaminarse por el autoempleo. En este grupo se incluyen también profesionales como los deportistas o los artistas. Habitualmente cotizan por actividades profesionales en el IAE.
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Profesionales autónomos
A este grupo pertenecen los trabajadores de las profesiones conocidas como liberales. Dentro de los profesionales autónomos se puede distinguir a quienes están colegiados y los que no lo están.
- Autónomos colaboradores
Aquellos autónomos que tienen una relación familiar directa (cónyuge o parentesco hasta de segundo grado) con el autónomo titular del negocio del que depende.
- Autónomos económicamente dependientes
También conocidos como TRADE, son los trabajadores o profesionales autónomos que facturan al menos el 75% de sus ingresos a un solo cliente. Goza de una protección legal algo mayor que el resto de los autónomos.
- Autónomos societarios
Se trata de los autónomos que figuran como administradores de una o varias sociedades mercantiles.
Trámites para darse de alta como autónomo
El primer paso para darse de alta como autónomo es el de Hacienda. Antes de iniciar la actividad debe presentarse la declaración censal por medio de los modelos 036 (régimen general) o 037 (régimen simplificado) en los que hay que rellenar los datos personales, la actividad a la que se va a dedicar el trabajador, la ubicación de la misma y los impuestos a los que va a estar sujeto. Asimismo, hay que seleccionar el epígrafe profesional del IAE que se ajuste a la actividad que se va a desarrollar dentro del modelo 840.au
El siguiente paso es el de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. Esta inscripción debe tener lugar en un plazo de 30 días a contar desde el alta en Hacienda. Para ello se debe cumplimentar el modelo TA0521 junto con la presentación del DNI y una copia del alta de Hacienda. De igual manera, este es el momento para elegir la base de cotización y las coberturas deseadas. En el caso de estar ligado a una comunidad de bienes o una sociedad habrá que presentar también el acuerdo entre los socios o la documentación de la constitución societaria, según el caso. Si el trabajador autónomo tiene que estar colegiado para desarrollar su actividad, también tendrá que presentar el certificado del colegio profesional en cuestión.
Si la actividad a realizar requiere de un local, habrá que solicitar al ayuntamiento de la localidad la licencia de apertura. Si además el local precisara de obras de remodelación o acondicionamiento, será necesario igualmente pedir al consistorio la correspondiente licencia de obras. Finalmente, una vez satisfecho el papeleo en el ayuntamiento, se debe comunicar a la consejería de Empleo de la Comunidad del centro en el que se va a desarrollar la actividad y los datos correspondientes al mismo local y sus trabajadores.
Las obligaciones del autónomo
El autónomo se enfrenta a unos deberes a lo largo del desempeño de su actividad que conviene tener claros antes de comenzar el camino como trabajador por cuenta propia.
Los autónomos tienen que pagar una cuota mensual a la Seguridad Social para poder ejercer su actividad y gracias a la cual tendrá derecho a determinadas prestaciones. Por norma general la cuota de autónomos de 2017 en España ronda los 267 euros mensuales, aumentando esta cifra en el caso de que el trabajador se acoja al cese de actividad o que escoja incrementar las coberturas básicas.
Los servicios prestados por el autónomo llevan aparejados la emisión de facturas que son la base de su actividad. Del mismo modo, el autónomo debe documentar los gastos referidos al desempeño de su actividad profesional pudiendo desgravarse algunos de ellos si cumplen los requisitos marcados por la norma.
Un aspecto esencial en el día a día del autónomo lo constituyen los libros de registro tanto en lo referente al IVA como al IRPF. Entre los mismos destacan los libros de ingresos y gastos, los libros de facturas emitidas y recibidas y los de los bienes de inversión. Asimismo, cabe señalar en el normal desarrollo de la actividad del autónomo sus citas trimestrales y anuales en la tributación del impuesto del IVA.
Todos los documentos referidos a la actividad deben ser cumplimentados y conservados ante la posibilidad de un requerimiento por parte de la Agencia Tributaria (durante 4 años en el caso del IVA y de 5 para el IRPF). Entre dichos documentos se encuentran los modelos de tributación y los contratos realizados.