Límites asegurados por el fondo de garantía de depósitos
¿Qué pasaría con el dinero de los clientes si un banco se declarara en insolvencia? La situación económica actual y los constantes rumores y cifras que se barajan sobre la salud de las entidades financieras españolas pueden llegar a preocupar a los ahorradores que tienen su dinero invertido o depositado en bancos españoles.
En España funciona un fondo de garantía de depósitos que asegura, en el caso extremo de quiebra de alguna de estas entidades, determinades cantidades en depósitos y acciones.
El sistema de garantía de depósitos vigente en España garantiza la recuperación de los depósitos dinerarios hasta un límite de 100.000 euros por depositante. Dicho límite se aplicará por cada cliente, sea persona física o jurídica, cualesquiera que sean el número y clase de depósitos en que figure como titular en la misma entidad, por tanto el límite se aplica por cliente y no por cuenta. Ese mismo límite se aplica, de manera independiente, a las cuentas de valores.
Esto significa que en caso de depósitos con varios titulares el límite sería de 100.000 euros por cada uno de los titulares. Si un cliente tuviera en esa entidad varios depósitos por un total de 200.000 euros y fuera de un único titular el fondo le garantizaría la recuperación de 100.000, mientras que si fuera de dos titulares la garantía sería de 100.000 por cada uno de ellos.
Un cliente con varios depósitos que alcancen 120.000 euros y una cuenta de valores con un saldo de 150.000 euros recuperaría, a través del fondo de garantía, 100.000 euros de sus depósitos y 100.000 de su cuenta de valores.
En cuanto a las cantidades que no sean recuperadas a través de este fondo, los clientes continuarán siendo acreedores ordinarios de esa entidad financiera hasta la resolución de las causas que han dado lugar a la entrada en funcionamiento de este sistema de garantía, o hasta que se conozca el resultado del convenio de acreedores o en la liquidación de la entidad.