Las diferencias entre el paro registrado y la EPA
Existen dos estadísticas que cuantifican el número de parados en España: la Encuesta de Población Activa (EPA), realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), y el paro registrado en los Servicios Públicos de Empleo (SPE). La pregunta recurrente cuando se publican ambas es: ¿por qué nunca coinciden?
Al igual que durante la recesión de comienzos de los 90 y hasta finales del 2004, desde mediados del 2008 el número de personas clasificadas como paradas en la EPA es mayor que el número de parados registrados. La diferencia superó la cifra de 1,1 millones en el 4T12 (5.965.000 parados EPA frente a 4.863.000 parados registrados).
Las causas de las diferencias entre ambas cifras son tanto metodológicas como conceptuales, aquí tienes algunos ejemplos:
¿Qué miden la EPA y el paro registrado?
La EPA entrevista trimestralmente en torno 60.000 hogares y recoge las características individuales y laborales de todos los miembros mayores de 16 años. Por el contrario, el paro registrado es una estadística administrativa con periodicidad mensual que elabora el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
¿Qué criterios o reglas siguen la EPA y el paro registrado?
La EPA sigue los criterios internacionales definidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la normativa de la Comisión Europea que regula la Encuesta Comunitaria de Fuerza de Trabajo. El paro registrado no está sujeto a reglas de carácter internacional, sino que es el Ministerio de Empleo y Seguridad Social el que establece, en cada momento, los criterios de medición.
¿Qué criterios o reglas siguen la EPA y el paro registrado?
Se consideran parados EPA las personas entre 16 y 74 años que cumplan estos tres requisitos:
1.- No tener empleo en la semana de referencia (la anterior a la de la realización de la entrevista)
2.- Haber buscado activamente empleo durante las cuatro semanas anteriores
3.- Estar disponible para trabajar en las dos semanas siguientes.
En cambio son parados registrados las personas que permanecen inscritas en las oficinas públicas de empleo como demandantes de empleo el último día del mes, y que satisfacen los cinco criterios siguientes:
1.- Que no soliciten exclusivamente un empleo de determinadas características (por un tiempo inferior a tres meses, a jornada reducida, etc.)
2.- Que tengan una disponibilidad inmediata para trabajar o que no se encuentren en una situación incompatible con el trabajo
3.- Que no estén percibiendo el subsidio por desempleo de los trabajadores agrarios de carácter eventual
4.- Ocupados que no tengan suspendido temporalmente su contrato laboral por un expediente de regulación de empleo
5.- Que no sean trabajadores fijos discontinuos inscritos como demandantes de empleo fuera de la temporada de actividad.
¿Por qué el número de parados EPA es mayor que el de parados registrados?
En primer lugar, no todos los desempleados en la EPA buscan empleo a través de una oficina pública de empleo. Y, en segundo lugar, determinados colectivos excluidos del paro registrado pueden cumplir los criterios de la OIT y ser considerados parados EPA (por ejemplo, los demandantes de un empleo coyuntural y los afectados por EREs, entre otros).