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Educación financiera 03 abr 2015

¿Qué es la deuda subordinada?

La deuda subordinada son títulos de renta fija con rendimiento explícito emitidos normalmente por entidades de crédito que ofrecen una rentabilidad mayor que otros activos de deuda. Es un concepto muy utilizado en las emisiones de bonos que diversas entidades españolas realizan con el fin de hacerse con liquidez.

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Continuamos con nuestro rally de terminología económica, explicando los conceptos que encierran los diversos términos financieros que se utilizan en la actualidad y que, a raíz de la crisis mundial, hemos aprendido a escuchar casi diariamente. En esta oportunidad, el concepto en cuestión es el de deuda subordinada. La deuda subordinada es un concepto muy utilizado en las emisiones de bonos que diversas entidades españolas realizan con el fin de hacerse con liquidez.

La deuda subordinada son títulos valores de renta fija con rendimiento explícito emitidos normalmente por entidades de crédito que ofrecen una rentabilidad mayor que otros activos de deuda. Sin embargo, y como no podía ser de otra manera según las leyes financieras implícitas, esta mayor rentabilidad se logra a cambio de perder capacidad de cobro en caso de extinción y posterior liquidación de la sociedad, ya que está subordinado el pago en orden de prelación en relación con los acreedores ordinarios.

¿Qué es la deuda subordinada?

La deuda subordinada son títulos valores de renta fija con rendimiento explícito emitidos normalmente por entidades de crédito que ofrecen una rentabilidad mayor que otros activos de deuda. Sin embargo, y como no podía ser de otra manera según las leyes financieras implícitas, esta mayor rentabilidad se logra a cambio de perder capacidad de cobro en caso de extinción y posterior liquidación de la sociedad, ya que está subordinado el pago en orden de prelación en relación con los acreedores ordinarios.

Dicho de otra manera: si la caja o el banco quiebra y se liquida, sencillamente puede poner esos bonos en los leños para que haga fuego en el invierno… Vale, no es para tanto, pero esto se encuentra entre las posibilidades, ya que para realizar el cobro de esos créditos, primero cobrarán los acreedores ordinarios y luego, si queda un remanente en los activos, podrán cobrar los poseedores de este tipo de deuda.

Esta deuda es considerada, junto a las participaciones preferentes, un instrumento híbrido de capital. ¿Cómo es esto? Cumple ciertos requisitos que lo asemejan parcialmente al capital ordinario de las entidades de crédito, y es computable como recursos propios de las entidades. Pero no lo son, y aquí está la cuestión de hibridez.

Es bueno saber que invertir en este tipo de títulos conlleva ciertos riesgos o, al menos, desventajas. Pero esto estaría compensado con el adicional de rentabilidad ofrecido.

Su mayor contra es la falta de liquidez: si bien en el folleto explicativo se establece que se puede vender cuando uno quiera en los distintos mercados,  hay que saber que en cualquier operación de compra-venta de títulos siempre se necesitan dos partes: un comprador y un vendedor. En el caso que la entidad presente problemas financieros: ¿aparecerán los supuestos compradores sabiendo que si quiebra la sociedad ellos no tienen la seguridad de participar en su liquidación? Yo ya se la respuesta: no lo creo.

En cuanto a su régimen fiscal, los intereses o cupones periódicos reciben la calificación de rendimientos de capital mobiliario a integrar (a una alicuota del 18%) en la renta del ahorro, al igual que el rendimiento obtenido en la amortización, transmisión, canje o conversión de estos activos.

En fin, esperamos que esto le aclare el panorama sobre este tipo de inversión. Resumiendo un poco, es un tipo de deuda cuyo poseedor tiene una prioridad de pago menor que la de otros acreedores generales. Por esta sencilla razón, es que la consideramos como una inversión que esconde cierto riesgo de mercado.