Cómo borrar datos personales de internet: el derecho al olvido
El 13 de mayo de 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) reconoció por primera vez el derecho al olvido en internet. Lo hizo a partir de una sentencia que enfrentaba a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) con Google Inc. y su filial española. ¿El resultado? El TJUE consideró que los buscadores son responsables del tratamiento que reciben los datos “personales” en internet.
En 1998, el nombre de Mario Costeja apareció en dos anuncios publicados en un periódico de tirada nacional; los anuncios mencionaban una casa que había sido embargada debido a las deudas de su propietario. Cuando, años después, la publicación digitalizó su hemeroteca, Google indexó su nombre de manera que, cada vez que alguien escribía “Mario Costeja” en el buscador, aparecían los anuncios del embargo.
En 2009, Costeja intentó que Google eliminara el enlace que redireccionaba a los anuncios, pero no lo consiguió. Un año después, la AEPD le dio la razón, pero Google recurrió y el caso fue remitido al Tribunal Supremo. Este, por primera vez, reconoció el derecho a que se elimine de internet una información obsoleta que puede perjudicar a un individuo.
En palabras de la AEPD, el “derecho al olvido hace referencia al derecho que tiene un ciudadano a impedir la difusión de información personal a través de internet cuando su publicación no cumple los requisitos de adecuación y pertinencia previstos en la normativa”.
El TJUE consideró que el tratamiento de la información que realizan los buscadores (extracción, registro, organización, conservación y comunicación) conlleva el tratamiento de datos personales y, por tanto, que estos buscadores son responsables de la información que ofrecen. Así, se trata de encontrar un equilibrio entre el derecho a la intimidad personal y familiar y a la protección de datos, y el derecho a la libertad de expresión y a la libertad de información, que en ocasiones puede verse perjudicada.
Desde 2014, grandes buscadores como Google, Yahoo o Bing ofrecen formularios propios para recibir peticiones relacionadas con el derecho al olvido. En el caso de que la entidad no respondiera a la solicitud o no lo hiciera del modo que el usuario esperaba, la AEPD puede defenderle si así lo determina.