El servicio de caja
La obligación de tener el saldo a disposición del cliente, la información sobre los movimientos habidos en la cuenta y las prestaciones habituales del servicio de caja, son los rasgos típicos que configuran el contrato de cuenta corriente bancaria.
El servicio de caja consiste en la obligación por parte de la entidad de realizar pagos y cobros en nombre y por cuenta del cliente en aplicación de unas instrucciones previamente recibidas. Este pricipio de autorización previa presenta alguna excepción, como la que se produce con los recibos domiciliados, que se atienden siempre que existan fondos.
Los prestaciones que integran el servicio de caja son:
- Ingresos y reintegros en efectivo o mediante cheques.
- Adeudos e ingresos producidos por liquidaciones de la propia cuenta.
- Entrega de medios para disponer del saldo, cheques y cartilla.
Los ingresos y reintegros se realizarán en euros, que es la moneda de curso legal y única en la que pueden realizarse estos movimientos en nuestro país. Cualquier pago realizado en esta moneda deberá ser aceptado. A la hora de realizar ingresos en metálico, puede darse la situación de que se detecte algún billete falso o presumiblemente falso, en este caso, la entidad está obligada a retirar los mismos de la circulación poniéndolos a disposición del Banco de España.
En cuanto a los ingresos de monedas, debemos indicar que la única mención legal existente indica que nadie está obligado a aceptar un pago en monedas en número superior a 50. Esta limitación puede no resultar operativa para la actividad de ciertos comerciantes que requieren este servicio.
La situación se acostumbra a solventar mediante la exigencia del empaquetado de monedas, de la prestación de servicios de recogida o con cláusula específicas en los contratos, que indican que el apunte se realiza de manera provisional en base a la mutua confianza, quedando su firmeza definitiva condicionada al efectivo recuento de las mismas, ya que esto muchas veces no es posible de realizar en el momento del ingreso. Otra solución viene dada por algunas entidades que cobran una comisión por el recuento instantaneo de monedas presentadas.