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Educación financiera Act. 17 may 2018

¿Qué hacer con un crédito cuando fallece el titular?

Una de las fechas de mayor tradición en México es el Día de Muertos, cuando las familias recuerdan la memoria de sus seres queridos que han fallecido. Esta celebración se remonta a los tiempos prehispánicos. La muerte de un ser querido tiene fuertes implicaciones en diversos ámbitos. En materia financiera, informar a los familiares lo que deben hacer ante esta eventualidad puede evitar situaciones incómodas en el futuro.

¿Qué hacer cuando fallece el titular de un crédito? Ante esta situación es importante destacar que un crédito se puede cancelar sin ninguna responsabilidad para los familiares. Sin embargo, es importante notificar al banco; esto puede realizarse por un familiar o amigo. Cuando esto se lleva a cabo, la institución requerirá que se formalice la solicitud anexando los documentos que dan fundamento a la petición. Este paso es indispensable, ya que no es posible cancelar la deuda sin un documento que compruebe la causa. Los documentos que normalmente se solicitan son la copia certificada del acta de defunción, copia de la identificación del titular del crédito y de quien realiza la solicitud.

Al respecto, Hugo Azpe Fimbres, director general de Recuperación y Administración de créditos Individuales de BBVA Bancomer, comenta que es importante asesorarse y acercarse a la institución financiera, en primer lugar, dando aviso, y en segundo, acudiendo a un ejecutivo para conocer el portafolio de productos con los que contaba el cliente, y tener clara la solución para cada producto.

Azpe destaca la importancia de integrar el expediente de la mejor manera, al ayudar a que la cancelación de los productos se pueda dar de la forma más rápida posible. “El documento central para la notificación —subraya— es el acta de defunción; con éste se da formalidad al aviso, ya que es el documento oficial con el que se certifica el fallecimiento.”

Por otra parte, no siempre se da aviso oportuno al banco. Se presentan situaciones en las que los familiares inician el trámite hasta que reciben una llamada del banco para hacer el cobro del crédito, ya que no tenían conocimiento de la existencia de éste.

En el caso de tarjeta de crédito se debe de dar aviso preferentemente antes de cargos automáticos o domiciliados, como el pago de luz, telefonía celular, televisión de paga, etcétera, y evitar hacer consumos con las tarjetas adicionales, ya que se toma en cuenta el día y hora de fallecimiento asentado en el acta de defunción.

El documento central para la notificación es el acta de defunción; con éste se da formalidad al aviso

Una particularidad en los créditos personales o créditos de nómina es que en el momento de la contratación del préstamo se incluye un seguro de vida, éste cubre el saldo del préstamo al momento del fallecimiento.

El crédito automotriz tiene en su naturaleza que el bien financiado objeto del crédito es el automóvil, mismo que se encuentra en posesión del cliente y la garantía es la factura, la cual queda bajo la custodia del otorgante de crédito. Ante estas situaciones es importante contar también con un seguro de vida, el cual puede ocuparse para liquidar el saldo insoluto del préstamo por defunción, aunque la factura solo podrá ser entregada a la persona que se encuentre designada como albacea en el juicio de sucesión testamentaria.

Para hacer la vida más fácil a familiares y amigos, es importante poder definir un plan ante el fallecimiento, en el que se explique qué hacer en caso de muerte, detallando las diferentes cuentas y bancos donde se tienen los ahorros, seguros y créditos, así como lo que hay que hacer en caso de faltar.