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Desempleo Act. 18 abr 2018

Cómo solicitar la prestación por desempleo paso a paso

La prestación por desempleo es una ayuda económica a la que pueden acceder los trabajadores en paro, siempre y cuado cumplan unos determinados requisitos.

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La prestación de desempleo es un derecho consolidado que adquieren determinados trabajadores siempre y cuando se den una serie de circunstancias. Para el caso del desempleo o prestaciones contributivas, las condiciones que tiene que cumplir cualquier trabajador son las siguientes:

  • Estar afiliado a la seguridad social en cualquier régimen que tenga cotizaciones por desempleo. Se excluye el régimen general de autónomos y los supuestos especiales de vínculos familiares al régimen general que no coticen por este concepto.
  • Haber cotizado como mínimo 360 días en los últimos seis años naturales en el régimen que de derecho a la prestación por desempleo.
  • No encontrarse en edad de jubilación.
  • Haber finalizado la relación laboral mediante situación que origine el derecho al desempleo. Esta situación contempla despido, finalización de contrato a instancias de la empresa, expediente de regulación de empleo o reducción de jornada en más de un tercio de la duración inicial pactada.

El periodo máximo que tiene el trabajador en situación legal de desempleo para cursar su solicitud es de quince días hábiles desde la finalización de la última relación laboral que haya tenido.

Trámites para la solicitud del desempleo

El primer paso que tenemos que hacer siempre es apuntarnos como demandantes de empleo en el INEM. Este requisito es imprescindible dado que la búsqueda activa de empleo durante nuestro periodo de desempleo es un requisito primordial para que nos sea concedida la prestación.

Para llevar a cabo la solicitud, podemos optar por una solicitud presencial o una solicitud telemática de la misma. Dentro de los avances que se han producido últimamente en todas las administraciones, ya es posible cursar la solicitud de desempleo a través de la web del Inem, además de la inscripción como demandante de empleo.

Este es el mecanismo de solicitud más rápido y cómodo para todos aquellos que necesiten cursar su solicitud. No obstante, para aquellos desempleados que no cuenten con la firma electrónica, necesaria para realizar este trámite el proceso a seguir en la solicitud presencial es el siguiente:

Confección de la instancia de solicitud de prestación de desempleo. Una vez rellena, imprimir dos copias, y presentarla en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal más cercana a su localidad. Con dicha solicitud tiene que adjuntar los siguientes documentos, originales y fotocopias para su cotejo:

  • Fotocopia del DNI.
  • Fotocopia del libro de familia en el caso de tener cargas familiares.
  • Certificados empresa que acrediten las bases de cotización de los últimos 180 días cotizados.
  • Número de cuenta para domiciliaciones de la prestación por desempleo.

Si nos disponemos a realizar la solicitud por medios telemáticos, nos tendremos que inscribir previamente como demandantes de empleo en la propia web del INEM. Una vez hecho este trámite y con nuestra firma electrónica, accederemos al portal de solicitud telemática de la prestación por desempleo.

En esta página, rellenaremos el formulario de solicitud y aportaremos todos los documentos requeridos por la propia plataforma. Una vez firmada y enviada, tendremos acceso al expediente, la situación en la que se encuentran nuestros pagos, los días de prestación consumidos y los que nos quedan y algunas funcionalidades más como descarga de las nóminas abonadas o posibilidad de modificar la cuenta de domiciliaciones.

Cuantificación de la prestación por desempleo

El importe a percibir por este derecho, presenta un cálculo relativamente farragoso, dado que se considera como base de cálculo la base media diaria de cotización por desempleo de los últimos 180 días trabajados. Con esta base media, se aplican una serie de porcentajes correctores en función de los días totales a los que tengamos derecho.

El derecho al desempleo se cuantifica a razón de cuatro meses de prestación por año trabajado con el límite máximo de dos años de prestación. Dichos periodos se toman de seis en seis mese. Por ejemplo, si tengo cotizados 17 meses, me corresponderan 4 meses de prestación por desempleo.

Respecto a las cuantías económicas que se perciben, tenemos como límite la menor de las siguientes cantidades:

O bien, el 70% de la media de las bases de cotización de los últimos seis meses. En el caso de tener derecho a más de seis meses de prestación, este porcentaje se verá disminuido a partir del séptimo mes al 60%.

El propio INEM pone a nuestra disposición un simulador de prestaciones por desempleo bastante útil para llevar a cabo todos esto cálculos respondiendo un sencillo cuestionario.

El pago único del desempleo

Existe una modalidad de solicitud de cobro íntegro de la prestación en un solo pago, siempre y cuando al encontrarnos en situación de desempleo nos decantemos por el autoempleo como opción para continuar nuestra vida profesional.

En este caso, se requiere el alta en autónomos de manera ininterrumpida al menos tres años, afiliarse a una cooperativa de trabajo asociado o entrar a formar parte de una sociedad laboral y justificar las cantidades a invertir en inmovilizado material o inmaterial.

En este supuesto, podremos recibir como un pago único el 70% de la prestación por desempleo que nos corresponda y aplicar el 30% restante al pago de las cuotas a la seguridad social del régimen especial de autónomos. Si nos hemos decantado por una cooperativa de trabajo asociado, el importe del pago único será el equivalente a la cuota de afiliación a la cooperativa con el límite del 100% de la prestación.

En el supuesto de no cumplir los requisitos para solicitar el desempleo y encontrarse en una situación socialmente desprotegida, también podremos optar por una solicitud de subsidio de desempleo. Este punto lo desarrollaremos más adelante en otra guía.