¿Qué son los gastos deducibles y qué tipos existen?
Todo contribuyente está obligado a pagar impuestos, pero también tiene derecho a restar determinadas salidas de ingresos en su declaración, los llamados gastos deducibles.
Las deducciones son las erogaciones en las que incurre un individuo o una empresa que debe pagar el impuesto sobre la renta, necesarios para producir ingresos, que pueden ayudar a reducir la carga fiscal.
Hay diferentes tipos de gastos deducibles, de acuerdo con el tipo de contribuyente, dentro de los más comunes están:
- Gastos laborales: incluyen los pagos por concepto de salarios, prestaciones sociales y otros beneficios laborales, como los relacionados con la salud, entre otros.
- Gastos por honorarios: son los pagos que se realizan a asesores, auditores, especialistas en aquellas áreas de la compañía que tienen relación con la actividad productora de renta.
- Gastos por servicios públicos: servicios de energía, gas, acueducto, teléfono, internet, entre otros.
- Gastos por impuestos: en Colombia los gastos por impuestos están identificados, dentro de los cuales podemos encontrar el impuesto de industria y comercio, el 50% del impuesto a las transacciones, impuesto sobre predios, entre otros.
- Gastos por depreciaciones y amortizaciones: este tipo de gasto corresponde al reconocimiento del desgaste natural o por el uso de activos fijos, intangibles, entre otros, usados en el desarrollo de la actividad económica del contribuyente.
Las personas naturales, dependiendo de su actividad económica, pueden tener algunos de los anteriores, y los siguientes:
- Gastos de vivienda: Se pueden deducir los intereses de créditos hipotecarios destinados a la adquisición, construcción o mejora de vivienda propia. También, los pagos de arriendo.
- Gastos por dependientes: Se pueden deducir los gastos relacionados con los hijos menores de 18 años o hasta 23 años si se les está financiando la educación, y los dependientes económicos por factores físicos o psicológicos, como alimentación, vestuario, educación, salud y cuidado.
- Gastos por medicina prepagada: los contribuyentes pueden deducir de su renta los pagos realizados por medicina prepagada, hasta un límite mensual de aproximadamente 708594 pesos colombianos (170 dólares), en favor de sus dependientes. Entre ellos, honorarios médicos, dentales o de enfermería, análisis clínicos o prótesis, gastos hospitalarios o de rehabilitación, entre otros.
En Colombia existen tres regímenes fiscales para efectos del impuesto sobre la renta: ordinario, especial y el simple.
“Cada régimen fiscal tiene que observar las reglas que le aplican, por lo tanto, no son los mismos gastos para todos. Por ejemplo, el régimen simple no tiene derecho a deducciones porque se liquida el impuesto sobre el ingreso bruto a una tarifa reducida”, explica Pedro Monsalve, gerente de impuestos de Grant Thornton Colombia.
Cabe aclarar que existen límites a las deducciones; para las personas naturales, es la suma de gastos deducibles más el ingreso que no está sujeto a impuesto, las cuales no pueden representar más del 40% de los ingresos. Además, cada una de las deducciones y rentas exentas deben cumplir el límite individual que la ley considera para cada una.
Algunos de los requisitos que se deben cumplir para tener derecho a la deducibilidad son los siguientes:
- Que no haya sido limitado o prohibido expresamente por la ley.
- Que tenga relación con la actividad productora del impuesto y de acuerdo con la actividad económica del contribuyente.
- Que sean devengados o causados fiscalmente dentro del año o periodo gravable.
- Tener soporte documental con factura electrónica o documento equivalente electrónico. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ofrece un servicio gratuito de facturación electrónica: Los contribuyentes que quieran usarlo se pueden dar de alta en este sitio de internet.
Monsalve comenta que hay un plan de bancarización en Colombia, y para coadyuvar, se ha implementado una limitación a los pagos realizados en efectivo, la cual señala que “no serán deducibles los gastos que superen el menor valor entre el 40% de lo pagado y el 35% de los costos y deducciones totales”. Mientras que todos los pagos que se realicen con transacciones electrónicas podrán ser deducibles, una vez que cumplan con los requisitos de ley.
El especialista destaca la importancia de considerar en la declaración de impuestos solo gastos establecidos por la ley y con los requisitos establecidos, ya que “la principal consecuencia de la utilización indebida de estos daría como resultado la necesidad de corregir la declaración y, por tanto, la aplicación de sanciones y el pago de intereses moratorios”.
Una vez presentada la declaración del Impuesto Sobre la Renta, se puede presentar la solicitud de devolución o compensación de impuestos (en esta liga de internet), durante un plazo de dos años. La DIAN tiene un plazo máximo de 15 días para dar respuesta.
Miguel Ángel Fandiño, gerente de Servicios Tributarios en línea del área de Servicios Tributarios de PwC Colombia, destaca que es de suma relevancia poner atención en los gastos deducibles porque permiten liquidar un impuesto acorde con la capacidad de pago. De no cumplir con las condiciones para deducirlo, se genera una carga superior a la que puede soportar el contribuyente que podría provocar que deje de pagar los impuestos y, en consecuencia, multas e intereses moratorios onerosos.
La DIAN tiene a disposición del contribuyente la herramienta virtual Hazlo tú mismo, para que, de manera guiada, los ciudadanos colombianos puedan consultar, presentar y pagar la declaración de impuestos.