Declaración de la Renta en Colombia: ¿qué ingresos hay que tener en cuenta?
La declaración de la renta es una de las obligaciones fiscales que tienen los colombianos. Como en muchos otros países del mundo, los ciudadanos que deben pagar este tributo cuentan, cada año, con un periodo de tiempo para hacerlo. Conozcamos en detalle de qué se trata y qué datos deben estar presentes en una declaración de la renta en Colombia.
Entre el próximo 12 de agosto y el 24 de octubre, los colombianos tendrán que entregar su declaración de la renta. Se trata de un tributo fiscal que consiste en pagar un porcentaje de los ingresos que una persona jurídica o natural ha tenido en un año. En 2023 se declaró la renta obtenida un año antes, en este caso 2022, y el organismo que recauda estos impuestos es la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Sin embargo, a la hora de realizar este proceso, cabe señalar que no todos los colombianos deben hacerla. “Se trata de un impuesto que solo las personas residentes fiscales en el país deben pagar. Los extranjeros o los nacionales colombianos con residencia en el país inferior a los 183 días de los 365 días del año no deben hacer este trámite, aunque hay excepciones, como el caso de personas no residentes con patrimonio en el país o que tienen a Colombia como fuente de más del 50% de sus ingresos”, apuntan desde la consultora Russell Bedford Colombia, especializada en asuntos legales, financieros y de tributos. Durante el 2023 presentaron su declaración de renta más de 5,4 millones de colombianos, lo que supone un incremento de 25 por ciento frente al año anterior.
A la hora de realizar la declaración de la renta, la DIAN recoge los requisitos y condiciones que deben darse en una guía, que se actualiza de forma anual con las novedades. Además, este organismo dispone qué requisitos deben darse para entrar en el grupo de declarantes, y con solo cumplir uno de ellos, se está obligado a presentar el documento. Para asalariados, personas naturales y sucesiones ilíquidas, los montos se calculan a partir de la Unidad de Valor Tributario (UVT) que para la declaración de 2023 se ha situado en los 42.412 COP se establecen a partir del son los siguientes:
- Personas con un patrimonio bruto superior a $190.854.000 COP a 31 de diciembre de 2023.
- Con ingresos brutos iguales o superiores a $59.377.000 COP durante 2023.
- Pagos con tarjeta de crédito superiores a $59.377.000 COP durante el año 2023.
- Compras y consumos superiores a $59.377.000 COP durante el año 2023.
- Personas que realizaron consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a $59.377.000 COP durante el año 2023.
- Personas responsables del Impuesto Sobre las Ventas - IVA al cierre del año gravable 2023.
Tampoco estarán obligados a declarar impuesto sobre la renta y complementarios por el año gravable 2023, las personas naturales o jurídicas extranjeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubiesen sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 409 del ET y dicha retención en la fuente les hubiere sido practicada.
La DIAN informó que el recaudo bruto de impuestos alcanzó $278,9 billones en 2023, lo que representó un crecimiento de 22% frente a los $228,3 billones alcanzados en 2022.
Cédulas e ingresos para la declaración de la renta
En la actualidad existen tres tipos de cédulas o tipos de declarantes y declaraciones creados por la DIAN. “La creación de estos grupos se hace para gravar las rentas dependiendo de su origen y hacer más progresivo y equitativo el impuesto”, indican desde Russell Bulford.
Las cédulas de la renta se dividen en los siguientes tipos:
- Cédula General (rentas de trabajo, de capital y no laborales).
- Cédula de Rentas de Pensiones.
- Cédula de Rentas de Dividendos y Participaciones.
En el caso general de rentas del trabajo, los ingresos más importantes que deben declararse son los que provienen de salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos y compensaciones por el trabajo cooperativo y por los servicios.
En el caso de los declarantes clasificados en la cédula general de rentas del capital, deben tener en cuenta los ingresos obtenidos por los rendimientos financieros, arrendamientos y las regalías de explotación de la propiedad intelectual.
El segundo gran grupo de declarantes son los que reciben ingresos de rentas por pensiones. En este caso se tienen en cuenta los ingresos que provienen de la pensión de jubilación, de invalidez, de vejez, pensión de sobrevivientes y las indemnizaciones sustitutivas de pensión.
El tercer grupo de declarantes es el que ha obtenido ingresos que provienen de dividendos y participaciones. La propia DIAN los define como “ingresos provenientes de la participación en sociedades y entidades nacionales y extranjeras”.
Documentos para diligenciar la declaración
Hay un documento que es indispensable a la hora de realizar o diligenciar la declaración de la renta. Se trata del Registro Unitario Tributario, popularmente conocido como RUT. Con este documento, el residente obtiene su número fiscal que servirá para ubicar y clasificar a la persona como contribuyente y declarante.
El resto de documentos que hay que presentar para la declaración de la renta dependen del tipo de cédula y grupo al que se pertenezca. Así, por ejemplo, los declarantes por rentas del trabajo deben presentar el certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo, entre otros documentos. En el caso de los trabajadores contratados, lo pueden obtener de su empleador.
Si se es declarante por cédula de patrimonio, no pueden faltar los certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes emitidos por las entidades financieras, la declaración o estado de cuenta del impuesto predial de los bienes inmuebles que se posean así como las escrituras de propiedad.
Todos estos documentos deben diligenciarse en el formulario 210 de la declaración de la renta, que se encuentra disponible en la web de la DIAN. A la hora de realizar la declaración, el ciudadano puede realizarla por sí mismo o con la asistencia del Programa Ayuda Renta, con el que es posible crear un borrador del formulario 210 antes de presentarlo.
Una vez diligenciado el formulario, es posible seguir el proceso de forma online o acudir a una entidad bancaria autorizada para presentar la declaración de la renta y abonar los costos de la misma si procede.
Declaración de la renta sugerida por la DIAN
Una ayuda tecnológica que ha creado la DIAN que consiste en que la entidad diligencia una parte de tu declaración tomando tu información exógena (información y datos reportada por terceros) para facilitar el cumplimiento de esta obligación tributaria.
Como esta alternativa es posible obtener una orientación general para realizar tu declaración de renta, con la que podrás verificar y editar los campos o renglones de la declaración que la DIAN ya la diligenciado por ti, y terminar de diligenciar lo faltante en tu declaración.
Para acceder a la declaración de renta sugerida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, debes ingresas al micrositio de rentas naturales, desplegar el menú y elegir la opción de consultar declaración sugerida según tu NIT o cédula de ciudadanía. Otra opción es ingresar directamente al portal transaccional con tu usuario registrado y contraseña y escoger, diligenciar y presentar formulario de la declaración de renta sugerida.
¿Cómo sé si tengo declaración de renta sugerida?
Algunos contribuyentes reciben de la DIAN un correo electrónico informado que tienen una declaración sugerida y los redireccionan al portal transaccional. Es Importante tener la certeza de que los correos electrónicos son de fuente original, por lo cual es recomendable comprobar la validez de este, ingresando a la página de la DIAN mediante alguno de los dos pasos anteriores.
Según informa la DIAN en su página web, “si la información contenida en la declaración sugerida no refleja la realidad jurídica o prefieres hacer tu declaración desde cero, podrás remitirte a la herramienta Programa Ayuda Renta, para elaborar tu declaración con la información que dispongas”.