Cómo cancelar una cuenta bancaria
Cuando, por los motivos que sean, las cuentas bancarias han perdido la finalidad que tenían (ahorrar para comprar un coche, compartir gastos con alguien, etc.) es aconsejable por la comodidad y tranquilidad del cliente proceder a cancelarla. El proceso es sencillo, pero hay que entender las implicaciones que conlleva y los pasos que hay que dar.
Muchos usuarios pueden creer que si la cuenta sin dinero (0 €) puede ser sinónimo de cancelación automática por cese de actividad o falta de fondos. Sin embargo, esto no es así. Es importante informarse sobre los procedimientos particulares de cada entidad financiera para la cancelación de una cuenta corriente.
Requisitos y documentación necesaria
1. Firmar la cancelación por parte de los titulares con su identificación personal
El primer paso que hay que dar para cerrar una cuenta bancaria es conocer si la cuenta tiene varios titulares, porque para cancelarla hay que contar con el consentimiento de todos ellos. Si la entidad bancaria en la que se quiere cerrar la cuenta no ofrece el servicio de cancelación de cuenta online (por internet) o por otro medio remoto (vía correo postal, teléfono, fax, etc) los titulares tendrá que ir de forma presencial junto con su documento de identidad, válido y en regla, para firmar la cancelación de la cuenta. En algunas entidades dicho acto se debe realizar en la misma oficina donde se realizó la apertura de la cuenta bancaria que se quiere cancelar.
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2. Entrega de tarjetas, cheques y libretas
Antes de proceder a la baja definitiva, el cliente debe eliminar o destruir todas las tarjetas de crédito o débito, cheques, libretas o talonarios que tenga asociadas a la misma. En algunos casos es el banco quien solicita a los interesados que acudan a la sucursal para la entrega de todos esos medios de pago. Se trata de una medida de seguridad.
Recomendaciones antes de firmar la cancelación y cierre de tu cuenta bancaria:
- Asegurarse que no existen recibos domiciliados en la cuenta.
- Avisar a los pagadores que se tengan (si se trabaja por cuenta ajena o existen pagos periódicos por cualquier otra razón) sobre la cancelación de la cuenta.
- Comprobar que la cuenta corriente a cancelar no es la cuenta de abono de los intereses de otros productos financieros (depósitos…) que tengas en esta u otra entidad financiera.
- Desvincular el número de cuenta de las plataformas de comercio electrónico que se usen con ese número de cuenta o una tarjeta asociada a la misma.
- Es aconsejable realizar una copia de los movimientos, a modo de resguardo. En muchas entidades lo más sencillo será descargarlo desde internet, a través de su página web, en el área privada de clientes.
- Para finalizar, es recomendable solicitar un comprobante donde conste la cancelación de la cuenta por si fuese necesario hacer alguna reclamación posterior.
Comisiones o penalizaciones
Dependiendo de la entidad, la cancelación de la cuenta corriente puede suponer una penalización. En cualquier caso debes tener en cuenta:
- Saldo negativo: Si la cuenta que se quiere cancelar tiene saldo negativo, el titular o titulares tendrán que abonar dicho saldo para poder cancelarla.
- Comisión de gestión o mantenimiento de la cuenta: Si la cuenta bancaria a cerrar tiene comisiones de administración y mantenimiento, se calcula la comisión proporcional según la fecha de cancelación de la cuenta.
- Promociones: Si se ha disfrutado de alguna promoción o beneficio por la apertura o mantenimiento de la cuenta bancaria que se va a cerrar y el tiempo de permanencia no ha transcurrido, posiblemente habrá que pagar una penalización por incumplimiento de las condiciones de la promoción. En este sentido, habrá que informarse en las bases legales de la promoción o en la entidad bancaria para estar seguro.
- Hipoteca, créditos o algún tipo de préstamo: Si existe algún préstamo con el banco y la cuenta que se pretende cerrar es la cuenta a través de la que se pagan las cuotas e intereses de esos productos, habrá que consultar si se puede realizar la cancelación o cambio de cuenta de cargo a otro banco, y si exige algún tipo de penalización por ello.