Cuenta vivienda: qué es y cuándo caduca
La cuenta vivienda es una cuenta de ahorro cuya finalidad es la adquisición o rehabilitación de un hogar. Dicha compra o reforma debe hacerse antes del transcurso de un plazo de 4 años desde su apertura. Hay que destacar que las cuentas vivienda fueron suprimidas en 2013.
La propiedad – plena o compartida -, de una vivienda anterior impide la deducción por cantidades depositadas en cuentas vivienda. Destaca que siendo irrelevante, a estos efectos, el hecho de no haber practicado deducción por la vivienda anterior. Si se supera el plazo de 4 años, se pierde el derecho a las deducciones practicadas en las sucesivas Declaraciones de la Renta.
A lo largo del 2012 “caducan” todas las cuentas vivienda abiertas en 2008. En la práctica, si se abrió el 15 de diciembre de 2008 hay que materializar el saldo disponible en una vivienda antes del 15 de este mes. Hoy explicamos cómo devolver a Hacienda las cantidades indebidamente deducidas. Sumando los intereses de demora, por no haberse adquirido, construido o rehabilitado la vivienda en el citado plazo.
Cuenta abierta en 2008
La regularización se llevará a cabo a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio en el que se incumple el requisito de la inversión. Es decir que es preciso esperar a que se abra el plazo de la Renta 2012 (mayo-junio de 2013) para hacerlo. Cuando las deducciones que proceda regularizar en la declaración correspondiente al presente período impositivo, se hubieran practicado en declaraciones de diferentes ejercicios, el Programa PADRE calcula los intereses de demora por separado respecto de las cantidades deducidas en cada año.
Si las declaraciones en que se hubieran practicado las mencionadas deducciones resultaron a ingresar, los intereses de demora correspondientes a las cantidades deducidas. En cada una de ellas se determinarán en función del tiempo transcurrido entre la fecha de vencimiento del plazo de declaración del ejercicio de que se trate y la fecha en que se presente la declaración del ejercicio 2012.
Sin embargo, si como resultado de la declaración en la que se practicaron las deducciones que ahora se restituirán se obtuvo una devolución. El período de demora se computará desde la fecha en que ésta se hubiera percibido hasta la fecha de presentación de la declaración del ejercicio 2012.
La suma de los intereses de demora correspondientes a cada uno de dichos ejercicios determinará el importe total de los intereses de demora correspondientes a la deducción indebida.
Particularidad: cuenta abierta a partir del 2009
Recordemos que a partir del 1 de enero de 2013 se suprimió la deducción por inversión en vivienda del IRPF para las adquisiciones/construcciones/rehabilitaciones y cantidades depositadas en cuenta vivienda que se realicen a partir de 1 de enero de 2013. Se permite que los contribuyentes que con anterioridad a la fecha señalada hubieran depositado cantidades en cuentas vivienda. Y siempre que a dicha fecha no hubiera transcurrido el plazo de 4 años – cuentas abiertas a partir de 2009-, puedan devolver las deducciones por la cuenta vivienda sin pagar intereses.