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Historia 09 jun 2017

Breve historia de BBVA (XX): Cambios en el sistema bancario

Los pasos dados en los años 50 para abandonar la autarquía, en la que se encontraba atrapada la economía española, se revelaron beneficiosos muy pronto e invitaron a los ministros tecnócratas a proponer medidas adicionales que condujeran a España por la senda de una creciente liberalización. El camino que emprendió la dictadura aún iba a llevar su tiempo pero durante la década de los 60 la economía vivió momentos muy positivos de cambio. La nueva legislación inducirá a la banca privada a la creación de una banca industrial específica.

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Lartaun de Azumendi (Colaborador externo)

Algunas de las primeras consecuencias tras el Plan de Estabilización, sin embargo, no fueron favorecedoras. Más bien al contrario, el descenso de la renta y el incremento del paro que se sufrió inmediatamente después de los importantes ajustes realizados hicieron mella entre los españoles. Aun así, pese a la caída del 4,4% del PIB, las reservas de divisas aumentaron con rapidez y las exportaciones se dispararon. El incremento de los ingresos por las exportaciones y por el turismo posibilitaron que la balanza de pagos española alcanzara un superávit de casi 400 millones de dólares de 1960. Asimismo, el presupuesto cerraba con un dividendo positivo de 6.500 millones. Así las cosas, ya en 1961 el sentir general de que las medidas aprobadas en 1959 eran acertadas, era un hecho.

Los efectos recesivos del Plan de Estabilización desaparecieron en dos años y España vivió un crecimiento muy fuerte durante la siguiente década larga. Valga como dato del llamativo cambio de tendencia el crecimiento del 13,2% que viviría el PIB en 1961 y, aunque con cifras algo más modestas, en los ejercicios posteriores. Todos los sectores económicos del país sumaron al crecimiento de los 60 pero entre ellos destacó especialmente el industrial. La química, la mecánica y la metalúrgica fueron las que más brillaron, con especial mención del sector de la automoción, con la SEAT –que había sido creada por el Instituto Nacional de Industria en 1950– a la cabeza.

El considerable éxodo del campo a la ciudad que se dio, unido a la primera industrialización que se había producido en los 50 y que había servido para ampliar el mercado interno, resultaron providenciales también para que la economía mantuviera una mejora sostenida a partir de entonces hasta la crisis del petróleo del 73.

Los efectos de la liberalización permitieron a las empresas no sólo aumentar sus ingresos con las exportaciones, sino que pudieron importar equipos y tecnologías de los países vecinos más desarrollados. Lógicamente, el valor de estas importaciones se vería reflejado en un inmediato y muy necesario aumento de la productividad en la industria española.

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Detalle del primer libro de actas del Banco Industrial de Bilbao en 1964 - Archivo histórico BBVA

La Ley de Bases de Ordenación del Crédito y la Banca de 1962

Al exitoso Plan de Estabilización le iban a seguir, según la previsión de los responsables públicos de la economía, una serie de actuaciones consecutivas muy relevantes, que se conocerían como los Planes de Desarrollo y que se idearon para continuar abundando en el cambio aperturista y modernizador que se había iniciado pocos años antes. El proceso planificador requería de una importante financiación y en ello, entre otras materias, colaboró la aprobación el 14 de abril de 1962 la Ley de de Bases de Ordenación del Crédito y la Banca (LOCB).

La LOCB del 62 señalaba desde el inicio de su articulado que la autoridad en materia monetaria y de crédito correspondía al Gobierno, desde el Ministerio de Hacienda y que sería el mismo quien señalaría al Banco de España y la Entidades Oficiales de Crédito las directrices a seguir en cada momento en lo referente a la política monetaria y de crédito.

  • El Banco de España

El Banco de España, que aún gozaba de un estatus de sociedad anónima, se nacionalizó mediante la compra de sus acciones por parte de Estado. Se dispuso, al menos sobre el papel, que el Banco de España fuera una organización autónoma para las cuestiones técnicas y se nombraría por Decreto un Gobernador como cabeza visible de la entidad. Continuaba siendo el banco emisor en exclusiva y se le responsabilizó con el establecimiento de las normas de las operaciones a mercado abierto, los redescuentos a la banca privada, la pignoración por los bancos de los fondos públicos, la fijación de los topes variables de depósitos legales de los bancos privados en el banco emisor y otras herramientas de control necesarias. De igual forma, al Banco de España le fue encomendada la labor de inspección de la banca privada según las normas dictadas por Hacienda.

  • Organismos de crédito

Se creó el Instituto del crédito a largo y medio plazo, dependiente de Hacienda, que serviría para conducir las relaciones entre el Gobierno y las Entidades Oficiales de Crédito. Por otra parte, la Entidades Oficiales de Crédito se verían conformadas a través de las nacionalizaciones del Banco Hipotecario de España, el Banco de Crédito Industrial y el Banco de Crédito Local.

  • Cajas de ahorro y rurales

Las cajas de ahorro y las rurales también se vieron afectadas por la LOCB. Después de tres décadas de gestión privada al frente de dichas entidades, el Estado convertiría en público el Instituto de Crédito de las Cajas de Ahorro dotándolo con la capacidad de dirección, coordinación e inspecciones de las entidades de ahorro y como elemento de relación de las mismas con el Banco de España y el Instituto del Crédito a medio y largo plazo. Aunque su principal variación fue la de exigir a la cajas, por ley y mediante disposiciones muy concretas, el incremento de los créditos al mundo agrícola, al artesano y al de las pequeñas empresas comerciales.

  • Banca privada

Se intenta romper, sin brusquedades, el estatus de bancos mixtos que existían en el mercado español mediante la especialización de las entidades aprovechando que contaban con una orientación industrial muy importante. Así, se promulga el estatuto legal de los bancos industriales y de negocios para asignarles como función primordial la de promover nuevas empresas industriales, vitalizar la iniciativa privada y ser un actor esencial en la financiación a largo plazo. Al hilo de la nueva normativa, los bancos crean entidades industriales y cuentan con un plazo razonable para desprenderse de los valores industriales que poseen en cartera y con destacadas ventajas fiscales.

El Banco de Bilbao crea en la primavera de 1964 el Banco Industrial de Bilbao. El mismo año, el Banco de Vizcaya también presenta su propia entidad bancaria industrial, el Banco de Financiación Industrial, una refundación del Banco Hispano Suizo que a su vez había surgido en 1950 de su antecesor, el Banco Hispano Suizo para Empresas Eléctricas que había visto la luz en 1920.

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Sede del Banco de Financiación Industrial (INDUBAN).

Por otro lado, se refuerzan algunas condiciones legales sobre la banca comercial, si bien después en la práctica su aplicación no resultó tan exigente como se podía prever en virtud de la letra de la ley. Éstas hacían referencia a la adaptación de las carteras bancarias a la estructura y el porcentaje de Fondos Públicos que se fijaran, el señalamiento de límites en cuanto al redescuento, pignoración y reservas en el banco emisor, la determinación del coeficiente de liquidez y limitación de las compras futuras por los bancos, con fondos de sus clientes, de acciones o participaciones de sociedades que estuvieran ya en funcionamiento.

Se abre la mano para la creación de nuevas entidades bancarias aunque se dispone que han de contar con un capital mínimo de inicio en función de la plaza en la que fueran a operar.

Se permite la creación de nuevas sucursales y agencias por parte de los bancos, siempre según el criterio discrecional del Ministerio de Hacienda. Pese a las supuestas restricciones, esta nueva posibilidad permite que la banca privada española llegue a estar representada abundanmente por todo el territorio nacional. Un crecimiento que quizá resultó incluso excesivo en un importante afán por competir que llevaría a que muchos bancos fueran incapaces de rentabilizar determinadas oficinas durante muchos años.

Por último, la LOCB recoge la posibilidad legal del estalecimiento de la banca extranjera después de haber tenido las puertas cerradas desde la Ley de Ordenación Bancaria de 1927. Para ello, Hacienda era fijado como regulador de esta posibilidad y debía producirse en todo caso bajo el prisma del cumplimiento del principio de reciprocidad con el país de procedencia de la entidad extranjera. La realidad, sin embargo, fue otra bien distinta y la banca extranjera apenas pudo establecerse en España debido a que no se desarrolló la base de la ley que se refería a este aspecto, y no sería hasta 1978 cuando las entidades de fuera de nuestro país pudieron comenzar a competir de hecho con la banca privada nacional.