BBVA asume todos los gastos asociados a sus hipotecas
La compra de un inmueble genera una serie de gastos que se incrementan si es necesario solicitar financiación. Desde la aprobación de la nueva Ley Hipotecaria en España, la mayoría de los bancos asumirán los gastos asociados a la hipoteca. El Congreso ha dado luz verde a la normativa, pero no será de obligado cumplimiento hasta los tres meses siguientes a su publicación en el BOE. Una vez se produzca este paso, el cliente asumirá sólo el gasto de tasación y, el resto —escritura, gestoría, arancel notarial y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados— será asumido por los bancos. BBVA se anticipó a este escenario y, desde principios de febrero, abona todos los gastos en el proceso de formalización de sus hipotecas, incluida la tasación.
La compraventa de un inmueble lleva asociados gastos de notaría, registro, gestoría e impuestos (Transmisiones Patrimoniales, IVA o Impuesto de Sucesiones), que debe asumir el comprador. En determinados casos, hay exenciones tributarias o bonificaciones, dependiendo de la comunidad autónoma en la que se ejecute la compraventa.
Si la operación implica la contratación de una hipoteca, además, deben sumarse otros gastos que, en este caso, se reparten entre el banco y el comprador. Una vez entre en vigor la nueva Ley Hipotecaria, el comprador deberá asumir sólo el gasto de tasación. Sin embargo, aquellos clientes que contraten una de las hipotecas bonificadas de BBVA no tendrán que hacer frente a este gasto porque lo asumirá BBVA.
BBVA se anticipa así a la aplicación de la normativa y asume todos los gastos, ayudando a los clientes particulares a afrontar este tipo de operaciones. La medida se aplica en productos como en la Hipoteca Variable o Fija BBVA.
Los gastos asociados a la hipoteca, como registro, notaría, gestoría, tasación e impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) pueden incrementar en torno a un 3% de media el importe de la financiación.
No obstante, si el cliente quiere aportar una tasación distinta a la que ofrece el banco, deberá asumir este gasto. Además, en el caso de País Vasco, dada su normativa autonómica, al comprar una vivienda no habitual, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados lo paga el comprador.