Los siete principales cambios en las hipotecas a partir de 2018
El Gobierno español ha dado el primer paso para la tramitación de la nueva Ley de Crédito Inmobiliario, remitiendo el texto normativo al Consejo de Estado para su estudio. Si el proyecto sigue los cauces parlamentarios normales, la Ley podría entrar en vigor en el primer semestre del año que viene.
La normativa en marcha incluye bastantes novedades que afectarán a la comercialización de hipotecas, incidiendo siempre en los aspectos de transparencia frente al consumidor. El texto final de la Ley se conocerá cuando acabe su tramitación parlamentaria.
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Estos son los siete puntos principales de la futura Ley:
1.-Transparencia en el banco y en la notaría
El principal objetivo del Gobierno es aumentar la transparencia en la concesión de hipotecas. Así, antes de contratar un crédito hipotecario, el banco deberá ofrecer al cliente información detallada sobre todas las cláusulas potencialmente peligrosas, así como estimaciones de cómo pueden afectar al pago de su cuota mensual los distintos escenarios económicos, especialmente las subidas y bajadas de tipos de interés. Otra información importante que deben dar se refiere a todos los gastos que lleva asociada la contratación de la hipoteca.
Pero la transparencia no se dará solo en la oficina bancaria y se extiende también a la actividad de los notarios. De esta forma, una vez recopilada toda la información sobre su futura hipoteca en el banco, el cliente tendrá una consulta gratuita en el notario para comprobar que tiene toda la documentación necesaria y que se han resuelto todas sus dudas. Superada esa primera revisión, tendría que volver al notario con el banco para firmar el contrato. Además, el notario será responsable de que el cliente entienda todas las cláusulas y que no haya condiciones abusivas en el contrato, para lo cual se creará un registro de cláusulas prohibidas en las hipotecas y un régimen sancionador por si hubiera incumplimientos.
2.- Hipotecas libres de productos vinculados
Los bancos ya no podrán condicionar la concesión de una hipoteca a la contratación de otros productos, como tarjetas o seguros. La nueva Ley fija que estos productos se ofrezcan por separado a la hipoteca al cliente, detallándose el precio de cada producto independientemente del crédito hipotecario, y se ofrezca la posibilidad al cliente de suscribirlos fuera del banco, es decir, no podrá haber productos vinculados, aunque sí productos combinados con la hipoteca.
3.- Evitar desahucios
Los bancos no podrán activar la cláusula de vencimiento anticipado (previa al desahucio) tras el impago de tres cuotas como venían haciendo hasta ahora, ya que se elevará el umbral a un 2% de la hipoteca impagada durante la primera mitad de la vida del crédito, y a un 4% durante el resto de vigencia del préstamo.
4.- Facilitar el cambio de hipoteca o de banco
Hasta ahora, cambiar de hipoteca o de banco era una labor muy difícil y costosa para los clientes. La nueva Ley apuesta por facilitar y abaratar estos cambios, gracias a unos gastos más reducidos. De esta manera, habrá más flexibilidad para pasar de una hipoteca de tipo fijo a variable, y viceversa. Así como para cambiar de entidad, lo que elevará la competencia entre los bancos. También se fijan topes para las comisiones de reembolso anticipado: hasta el 0,25% en los tres primeros años y del 0% en el resto, con limitaciones también en los costes notariales y registrales.
5.- Mover hipotecas en divisas extranjeras
Antes de la crisis, se suscribieron muchas hipotecas en divisas extranjeras, sobre todo en yenes japoneses, que sufrieron fuertes encarecimientos en los años de la crisis. Con la nueva Ley, el Gobierno facilitará que las hipotecas contratadas en monedas extranjeras puedan convertirse a euros.
6.- Menos comisiones por amortización anticipada
La nueva Ley prohibirá las comisiones de reembolso total o parcial, salvo en los cinco primeros años de una de las hipotecas a tipo variable y para cubrir las pérdidas financieras del banco en los créditos a tipo fijo, hasta límites prefijados entre el 3% y el 4%.
7.- Límite a los intereses de demora
Hasta el año 2013 ha habido altos intereses de demora. A partir de entonces la normativa limita las tasas de demora a tres veces el interés legal del dinero, aunque ha habido alguna sentencia del Tribunal Supremo que ha establecido límites inferiores.